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14 de febrero de 2007

La Ley de Elección Libre del Empleado
Por Roberto Pagán, Presidente SPT, Local 1996
robertopagan@sptseiu.org

El derecho a la sindicación de los trabajadores es la única garantía constitucional que se comienza a ejercer en el clandestinaje. Esta es una verdad que conocen bien tanto los trabajadores como los patronos, las uniones, los tribunales y el gobierno.

El proceso para organizar un taller de trabajo en el sector privado se inicia con el acopio de solicitudes firmadas, conocido como “recogido de tarjetas”, y el mismo debe realizarse en la más estricta secretividad y con mucha cautela pues, de enterarse el patrono, hostigará, intimidará y finalmente despedirá al liderato de la unión en ciernes.

Sobran los ejemplos, recientes y lejanos, de patronos que han preferido pagar decenas de miles de dólares por despidos ilegales ante la Junta Nacional (federal) de Relaciones del Trabajo, antes que permitir que el derecho constitucional a la sindicación se ejerza en su empresa.

En Estados Unidos solo en el año 2005 despidieron o sancionaron a más de 23 mil trabajadores por el “delito” de apoyar la sindicación en su empresa. De hecho, un trabajador estadounidense es despedido u hostigado por su respaldo a la sindicación ¡cada 23 minutos! (www.americanrightsatwork.org).

En Puerto Rico el derecho a la sindicación en el sector privado de la economía es regulado por la Ley Nacional (federal) de Relaciones Laborales, que supone defender el derecho de los trabajadores a organizarse y negociar colectivamente sus condiciones de trabajo y salarios.

En lo concerniente a la organización de trabajadores, la Junta Nacional (federal) de Relaciones del Trabajo, que administra la Ley antes mencionada y que actualmente está compuesta por oficiales nombrados por George W. Bush, ha ido rindiendo o eliminando los pocos espacios de defensa de los empleados que buscan garantías para organizarse sin ser perseguidos o castigados.

Peor aún, se ha convertido casi en una norma que aquel patrono que pierde una elección sindical, se niega a negociar el convenio prolongando las negociaciones al infinito con el solo propósito de “rendir por cansancio” a los trabajadores.

Es por esto que todo el movimiento sindical norteamericano en esto días se moviliza en apoyo a una medida legislativa bipartita denominada Ley de Elección Libre del Empleado (Employee Free Choice Act)

Esta Ley comenzaría a enmendar el proceso injusto a que son sometidos los trabajadores que inician su organización sindical imponiéndole multas más altas a los patronos que la violen y establecería un proceso en el cual los trabajadores recién organizados puedan negociar su primer convenio en un tiempo razonable.

De aprobarse esta Ley, también se establecería el mecanismo de “reconocimiento voluntario” (card-check) mediante el cual los patronos vendrían obligados a reconocer la unión con la presentación de las tarjetas de representación sindical firmadas por la mayoría de los trabajadores.

Hasta hoy el derecho al “reconocimiento voluntario”, solo puede ser ejercido por el patrono y aunque se le presenten as las firmas certificadas del 100 % de los empleados solicitando la sindicación, éste puede optar por pedir elecciones de representación sindical, periodo durante el cual arreciará su campaña de persecución y hostigamiento laboral.

El movimiento obrero puertorriqueño en pleno reconoce que una gran debilidad que le aqueja es la escasa y por tanto frágil organización sindical en el sector privado.

Dada nuestra condición colonial, enfrentamos las mismas leyes y situaciones laborales que nuestras hermanas y hermanos trabajadores estadounidenses, por lo que debemos aportar –en la medida en que nos lo permitan nuestras condiciones– a la campaña a favor de la Ley de Elección Libre del Empleado.

Con la aprobación de esa Ley, contaremos con más y mejores herramientas para organizar a la inmensa mayoría de las y los trabajadores que aún no cuentan con los beneficios, la protección y el poder de la sindicación.

(Más información sobre la campaña a favor de la Ley de Elección Libre del Empleado la puede conseguir a través de: //www.changetowin.org; ó www.seiu.org.)


Contacto:

Roberto Pagán (787) 775-0720